LA COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA SANCIONA CON CARÁCTER DE ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar los procedimientos para la evaluación de carreras nuevas de posgrado al sólo efecto del reconocimiento oficial provisorio del título por parte del Ministerio de Educación, que figuran en el Anexo de la presente Ordenanza.
