El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1° — Créase la Universidad Nacional de Hurlingham, que tendrá su sede central en el Partido de Hurlingham, provincia de Buenos Aires. Esta universidad estará sujeta al régimen jurídico aplicable a las universidades nacionales.
