La UNAHUR lleva adelante una activa política de pasantías educativas tanto internas como externas, concibiéndolas como parte fundamental de la formación de los y las estudiantes.
Con frecuencia, la experiencia de la pasantía constituye uno de los primeros pasos en el mundo del trabajo. Desde UNAHUR nos proponemos acompañar en esta experiencia tanto a los y las pasantes como a los organismos, empresas e instituciones solicitantes.

Preguntas frecuentes

¿Qué es una pasantía educativa?

Las pasantías educativas son prácticas profesionales pagas en empresas y organismos públicos. Tienen un carácter formativo.
Se rigen por la Ley de Pasantías Educativas (26.427), y en Unahur por el Reglamento General de Pasantías (RCS 71/22)
Según el artículo 2° de la Ley de Pasantías, “se entiende como «pasantía educativa» al conjunto de actividades formativas que realicen los estudiantes en empresas y organismos públicos, o empresas privadas con personería jurídica, sustantivamente relacionado con la propuesta curricular de los estudios cursados en unidades educativas, que se reconoce como experiencia de alto valor pedagógico, sin carácter obligatorio”.

¿La pasantía es una relación laboral?

Las pasantías educativas no suponen una relación de dependencia con el lugar donde realiza la pasantía. No es una relación laboral.
Se trata de un tipo especial de contratación (pasantía) que tiene siempre una finalidad educativa. Por eso siempre hay un vínculo específico con el plan de estudios de la carrera.

¿Qué tipos de pasantías hay en UNAHUR?

En Unahur existen pasantías internas, donde los y las pasantes cumplen funciones en distintas dependencias de la universidad; y pasantías externas, que se desarrollan en empresas, instituciones u organismos que no pertenecen a Unahur.

¿Cómo se garantiza el carácter formativo?

La propuesta se pone a consideración del director o directora del Instituto en el que cursa el/la estudiante para corroborar su pertinencia académica. Luego, se designa un/a docente-guía que es quien acompañará desde la Universidad el desarrollo de la pasantía junto al tutor (designado por la empresa, organismo o institución).
En el caso de las pasantías internas ambas figuras pueden ser la misma persona.

¿Qué derechos tienen los/as pasantes?

La pasantía se rige por el convenio colectivo de la actividad cuya tarea va a realizar.
El/la pasante tiene obra social; licencias (anual, por estudio, etc.). En cambio, al no haber relación laboral, no percibe jubilación ni aguinaldo.
La pasantía tiene un tope de 20 horas semanales, hasta 5 horas por día. Debe extenderse por un mínimo de dos meses y un máximo de doce, extensible por seis meses más (o sea, un año y medio en total).

¿Las pasantías se pagan?

Sí, siempre deben ser pagas. El estipendio es el proporcional del salario básico del convenio aplicable a la actividad o empresa, según la tarea a realizar. No es un salario, por eso no se abona aguinaldo o bonos sobre el mismo.

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